miércoles, 18 de marzo de 2015

CAJA B DEL PP "Hacienda compara al PP con Cáritas para eximirle de tributación".



Según la Agencia Tributaria, las donaciones a entidades sin ánimo de lucro "siempre" han estado exentas, y añade que el único requisito legal para la aplicación de la exención es que los fondos se dediquen al objeto principal de la entidad sin ánimo de lucro. Este uso habría quedado "acreditado" en este caso, a su juicio. No estarían exentas las donaciones privadas que se desviaran del fin propio de la entidad, como cuando se considere una asociación ilícita o bien una entidad con fines lucrativos y, por ejemplo, reparta dividendos a sus afiliados, pero sí aquellas destinadas a entidades sin ánimo de lucro, "como puede ser un partido, Cáritas o la Cruz Roja", cuyo beneficiario de la exención "es el conjunto de la sociedad".


Además, según el organismo, para el donatario, en este caso el PP, siempre que se tratara de una donación ilegal, supondría en todo caso una infracción administrativa a sancionar por el Tribunal de Cuentas.
Por ello, la Agencia Tributaria estima que la reacción jurídica no es en el ámbito tributario, y pone como ejemplo que si un empresario dona 400.000 euros de dinero negro a Cáritas y esta entidad da de comer a 1.000 niños con ello, es decir, lo destina a su fin, el ordenamiento tributario no reacciona determinando que la ONG haya cometido delito fiscal por no tratarse esa donación como ingreso tributario. En cambio, el empresario que hubiera donado esta cantidad de dinero negro no podría gozar de las deducciones fiscales de la ley de mecenazgo y supondría un indicio de obtención de rentas no declaradas.
Esto es "pa mear y no echar ni gota" y anima a esta sociedad española (mas apática que nunca ) a la desobediencia civil, igual que hicieron los Islandeses en su momento.


BY:KUBLAIKAN


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